{"id":104685,"date":"2026-02-24T12:43:43","date_gmt":"2026-02-24T12:43:43","guid":{"rendered":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2026\/02\/24\/nuevos-contratos-de-alquiler-que-renta-y-tiempo-maximo-puede-establecer-el-casero\/"},"modified":"2026-02-24T12:43:43","modified_gmt":"2026-02-24T12:43:43","slug":"nuevos-contratos-de-alquiler-que-renta-y-tiempo-maximo-puede-establecer-el-casero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2026\/02\/24\/nuevos-contratos-de-alquiler-que-renta-y-tiempo-maximo-puede-establecer-el-casero\/","title":{"rendered":"Nuevos contratos de alquiler: \u00bfqu\u00e9 renta y tiempo m\u00e1ximo puede establecer el casero?"},"content":{"rendered":"<p><strong>Si el propietario decide prorrogar el contrato, \u00bfhasta cu\u00e1ndo puede ampliarlo? \u00bfDebe ser en las mismas condiciones o se pueden modificar?<\/strong> Como explican desde Leg\u00e1litas, el arrendador una vez que han transcurrido los cinco primeros a\u00f1os, o siete a\u00f1os en el caso de ser persona jur\u00eddica, puede prorrogar el contrato por tres a\u00f1os m\u00e1s, siendo obligatorio para el arrendador y optativo para el arrendatario quien se puede oponer a cualquiera de las pr\u00f3rrogas.<\/p>\n<p>En este caso, el propietario est\u00e1 obligado a mantener las condiciones que se hayan pactado en el contrato original firmado hace cinco a\u00f1os, por lo que no puede modificar ni incrementar la renta al inquilino, salvo la actualizaci\u00f3n pactada en el contrato de arrendamiento. No obstante, en <strong>zonas tensionadas<\/strong> existe la denominada pr\u00f3rroga extraordinaria obligatoria, por la cual, el propietario est\u00e1 obligado a conceder una pr\u00f3rroga anual del contrato, que puede extenderse hasta un m\u00e1ximo de tres a\u00f1os, si el inquilino lo pide.<\/p>\n<p><strong>Si el propietario resuelve el contrato: \u00bfcon cu\u00e1nto tiempo de antelaci\u00f3n debe avisar al inquilino?<\/strong> Si el arrendador opta por recuperar la vivienda debe notificar al inquilino por escrito la no renovaci\u00f3n del contrato con al menos cuatro meses de antelaci\u00f3n a la fecha de vencimiento. Si no lo hace con dicha antelaci\u00f3n, el contrato se renovar\u00e1 autom\u00e1ticamente por plazos anuales hasta un m\u00e1ximo de tres a\u00f1os m\u00e1s, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelaci\u00f3n a la fecha de terminaci\u00f3n de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.<\/p>\n<p><strong>Y si el propietario opta por resolver el contrato y hacer uno nuevo: \u00bfCu\u00e1nto puede subir la renta al inquilino?<\/strong> En este caso, el propietario tambi\u00e9n debe avisar por escrito con cuatro meses de antelaci\u00f3n al inquilino para que este pueda decidir si acepta las nuevas condiciones o si, por el contrario, prefiere buscar otra vivienda. Si ambos deciden hacer un nuevo contrato se deben <strong>pactar nuevas condiciones<\/strong> por lo que el casero puede establecer la renta que considere oportuna, excepto si es una zona tensionada, en la que existe limitaciones en cuanto a la renta a aplicar para el nuevo contrato de arrendamiento.<\/p>\n<p>En este caso, el importe se fija aplicando el \u00cdndice de Referencia Estatal del alquiler, diferenciando entre los <strong>grandes tenedores<\/strong> (cinco o m\u00e1s viviendas en zona tensionada), establecen la renta aplicando el \u00edndice de referencia. En el caso del <strong>peque\u00f1o propietario<\/strong> (menos de cinco viviendas en zona tensionada), hay que distinguir si la vivienda no ha estado arrendada en los \u00faltimos cinco a\u00f1os, el precio deber\u00e1 ser el que marque el \u00edndice estatal, o si la vivienda ha estado alquilada en los \u00faltimos cinco a\u00f1os el precio del arrendamiento se obtiene partiendo de la renta del contrato anterior m\u00e1s la actualizaci\u00f3n correspondiente del \u00edndice de Renta de Arrendamiento de Vivienda.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se permite un <strong>incremento m\u00e1ximo del 10%<\/strong> sobre la renta del contrato anterior si se cumple <strong>alguna de las dos siguientes condiciones<\/strong>: si la vivienda ha sido rehabilitada o se han realizado mejoras de eficiencia energ\u00e9tica o accesibilidad en los \u00faltimos dos a\u00f1os y si el nuevo contrato de arrendamiento se firma por 10 a\u00f1os o m\u00e1s, o incluye un derecho de pr\u00f3rroga voluntaria para el inquilino de al menos 10 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Es obligatorio que conste en los contratos de arrendamiento una cl\u00e1usula con el importe de la renta abonada en el \u00faltimo contrato de arrendamiento vigente.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo se estipula la renta de un piso de alquiler actualmente? \u00bfDebe especificarse en el contrato?<\/strong> La renta ser\u00e1 la que libremente acuerden las partes, salvo para los arrendamientos de viviendas situadas en zonas declaradas tensionadas en las que el precio de la renta est\u00e1 limitado.<\/p>\n<p>Con car\u00e1cter general el pago ser\u00e1 mensual, salvo pacto en contrario. Desde la entrada en vigor de la Ley 12\/2023 por el derecho a la Vivienda, el pago se efectuar\u00e1 a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos. Excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electr\u00f3nicos de pago y a solicitud de esta, se podr\u00e1 efectuar en met\u00e1lico y en la vivienda arrendada.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCada cu\u00e1nto se puede subir el precio de la renta anualmente en los nuevos contratos?<\/strong> L\u00edmites de la subida. La renta se puede actualizar cada vez que se cumpla la anualidad para lo que se debe contar con la cl\u00e1usula correspondiente en el contrato de arrendamiento. Existen l\u00edmites cuantitativos para la actualizaci\u00f3n anual de la renta, la cual, no es libre<\/p>\n<p>Para los contratos de arrendamiento que a\u00fan est\u00e9n vigentes y se hayan <strong>suscrito antes del 26 de mayo de 2023<\/strong>, se aplica la variaci\u00f3n porcentual experimentada por el \u00cdndice de Precios al Consumo a fecha de cada actualizaci\u00f3n, publicado por el Instituto Nacional de Estad\u00edstica, tomando como mes de referencia al \u00faltimo \u00edndice que estuviera publicado en la fecha de actualizaci\u00f3n del contrato.<\/p>\n<p>Para los contratos de arrendamiento <strong>suscritos a partir del 26 de mayo de 2023<\/strong> se aplicar\u00e1 el \u00cdndice de Referencia de Arrendamiento de Vivienda publicado por el Instituto Nacional de Estad\u00edstica, tomando como mes de referencia al \u00faltimo \u00edndice que estuviera publicado en la fecha de actualizaci\u00f3n del contrato.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDe qu\u00e9 tiempo m\u00ednimo deben ser los nuevos contratos firmados? \u00bfTambi\u00e9n tienen una duraci\u00f3n de cinco a\u00f1os prorrogables?<\/strong> El tiempo m\u00ednimo pactado para arrendamientos de vivienda habitual es de seis meses. Si la duraci\u00f3n pactada entre las partes fuera inferior a cinco a\u00f1os, o inferior a siete a\u00f1os si el arrendador fuese persona jur\u00eddica, llegado el d\u00eda del vencimiento del contrato, este se prorrogar\u00e1 obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duraci\u00f3n m\u00ednima de cinco a\u00f1os, o de siete a\u00f1os si el arrendador fuese persona jur\u00eddica<\/p>\n<p><strong>\u00bfPueden inquilino o propietario resolver el contrato en cualquier momento?<\/strong> Leg\u00e1litas recuerda que el arrendatario puede resolver el contrato de arrendamiento transcurridos los 6 primeros meses de vigencia con un preaviso de un mes. En este caso, es conveniente que se tenga en cuenta la posible existencia de una penalizaci\u00f3n dispuesta en el contrato de arrendamiento.<\/p>\n<p>El arrendatario puede resolver el contrato de arrendamiento comunicando su voluntad con <strong>al menos dos meses de antelaci\u00f3n<\/strong> al cumplimiento de los cinco a\u00f1os de vigencia, si el arrendador es persona f\u00edsica, o de siete si es persona jur\u00eddica.<\/p>\n<p>Por su parte, el arrendador debe <strong>respetar los cinco a\u00f1os de vigencia<\/strong>, si es persona f\u00edsica o, los siete a\u00f1os si es persona jur\u00eddica. No obstante, si es persona f\u00edsica puede recuperar la vivienda antes del transcurso de los cinco a\u00f1os a partir del primer a\u00f1o de vigencia, dando un preaviso de, al menos, dos meses al inquilino. Para poder ejercer este derecho por el arrendador tiene que existir una cl\u00e1usula en el contrato de arrendamiento establecida a tal efecto.<\/p>\n<\/p>\n<p>Source: Bolsamania.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si el propietario decide prorrogar el contrato, \u00bfhasta cu\u00e1ndo puede ampliarlo? \u00bfDebe ser en las mismas condiciones o se pueden&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[104],"tags":[99],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/104685"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=104685"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/104685\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=104685"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=104685"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=104685"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}