{"id":26730,"date":"2020-11-09T05:00:00","date_gmt":"2020-11-09T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2020\/11\/09\/bancos-que-bloquean-cuentas-de-fallecidos-y-otras-dudas-sobre-la-gestion-de-herencias\/"},"modified":"2020-11-09T05:00:00","modified_gmt":"2020-11-09T05:00:00","slug":"bancos-que-bloquean-cuentas-de-fallecidos-y-otras-dudas-sobre-la-gestion-de-herencias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2020\/11\/09\/bancos-que-bloquean-cuentas-de-fallecidos-y-otras-dudas-sobre-la-gestion-de-herencias\/","title":{"rendered":"Bancos que bloquean cuentas de fallecidos y otras dudas sobre la gesti\u00f3n de herencias"},"content":{"rendered":"<div class=\"read-more-links\">\n<h5>Noticia relacionada<\/h5>\n<p><a class=\"readMore\" href=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/noticias\/economia\/bankia-sentencia-salir-airosa-demandas-pendientes-accionistas--7658537.html\" rel=\"noopener noreferrer\" target=\"_blank\" data-id=\"7658537\" rel=\"nofollow\" ><\/p>\n<figure><img class=\"lazy\" title=\"Leer m&#xE1;s\" data-original=\"https:\/\/img5.s3wfg.com\/web\/img\/images_uploaded\/8\/a\/ep_oficina_de_bankia_y_su_sede_en_la_torre_kio_de_madrid_285x185.jpg\" data-src=\"https:\/\/img5.s3wfg.com\/web\/img\/images_uploaded\/8\/a\/ep_oficina_de_bankia_y_su_sede_en_la_torre_kio_de_madrid_285x185.jpg\" \/><\/figure>\n<p>Bankia usar\u00e1 la sentencia para intentar salir airosa de las demandas de los accionistas <\/a><\/div>\n<p>Lo primero a tener en consideraci\u00f3n, se\u00f1ala el portal especializado en reclamaciones, \u00abes que las cuentas bancarias del fallecido se incluyen entre los bienes a percibir por los herederos\u00bb.<\/p>\n<p>Antes de nada,<strong> los herederos deben tramitar la herencia<\/strong> para poder acceder al capital, puesto que no se puede acceder a su saldo hasta que se haya repartido correctamente y seguido los pasos legales estipulados para cada caso.<\/p>\n<p>\u00abEn el supuesto de que el difundo fuera el \u00fanico titular, los herederos son los que tienen que hacer las gestiones necesarias para reclamar el capital\u00bb, aclara el portal.<\/p>\n<p>Si, por el contrario, se trata de una <strong>cuenta compartida<\/strong>, los otros <strong>titulares pueden retirar su parte proporcional<\/strong> de dicha cuenta sin necesidad de acreditaci\u00f3n de herederos; explica el informe de reclamador.es. \u00abPor ejemplo, si son dos titulares y uno de ellos fallece, el cotitular vivo puede disponer del 50% de la cantidad, ya que el resto lo conformar\u00eda la herencia a repartir\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abEn la pr\u00e1ctica no siempre es as\u00ed, ya que<strong> algunos bancos bloquean la totalidad de los saldos, pese a que el Banco de Espa\u00f1a (BdE) considera esto como una mala pr\u00e1ctica\u00bb, <\/strong>esclarece.<\/p>\n<p><strong>Los bancos bloquean el capital, no se lo quedan<\/strong>, punto al que el texto da especial importancia. Como se\u00f1ala la co-directora legal de reclamador.es, <strong>Almudena Vel\u00e1zquez,<\/strong> \u00abno es verdad que el dinero pase a manos de la entidad bancaria abierta por una persona tras su fallecimiento. Las propiedades y el dinero de un difunto pertenecen a los herederos\u201d.<\/p>\n<p>Al contrario del cotitular, <strong>el autorizado de la cuenta pierde todos sus derechos<\/strong> y no puede realizar operaciones una vez producida la defunci\u00f3n del titular. Este es un punto clave, insiste el informe, ya que, \u00absi se utiliza la condici\u00f3n de autorizado tras el fallecimiento, los herederos pueden interponer una denuncia por apropiaci\u00f3n indebida\u00bb.<\/p>\n<p>Volviendo al heredero que no tiene la cualidad de titular o cotitular de la cuenta, \u00e9ste lo que ha de hacer, en una primera instancia, \u00abes <strong>descubrir cu\u00e1l es el banco o bancos del fallecido y notificar la defunci\u00f3n<\/strong> de la persona titular para evitar as\u00ed cobros o pagos indeseados\u00bb. Una vez averiguado, es necesario conocer qu\u00e9 cuentas bancarias ten\u00eda el titular, sobre todo porque puede tener cuentas a su favor o no. Esto quiere decir, seg\u00fan el portal de reclamaciones que \u00ab<strong>si se acepta una herencia y esta persona ten\u00eda deudas, \u00e9stas formar\u00edan parte de la herencia tambi\u00e9n\u00bb.<\/strong><\/p>\n<p>Una vez notificada la muerte, \u00abse <strong>solicita la emisi\u00f3n del certificado de saldos y posicione<\/strong>s. Con esto se podr\u00e1 saber cu\u00e1l era el efectivo y\/o dep\u00f3sitos y fondos de inversi\u00f3n que tuviera en la entidad bancaria, y as\u00ed poder realizar las operaciones particionales\u00bb.<\/p>\n<p>Tras este proceso, el banco lo que hace es <strong>inmovilizar el dinero correspondiente al finado a excepci\u00f3n de los gastos corrientes que tuviera domiciliados<\/strong> (agua, comunidad\u2026), que se seguir\u00e1n pagando.<\/p>\n<p>El \u00faltimo paso para poder disponer de los fondos de la cuenta, expone el texto, ser\u00e1 acreditar la condici\u00f3n de heredero. \u00abPara ello, el procedimiento habitual es <strong>presentar certificados de defunci\u00f3n y del Registro de Actos de \u00daltima Voluntad, y una copia autorizada del testamento<\/strong> o; si no lo hubiera, de la declaraci\u00f3n de herederos\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abAdem\u00e1s, para la disposici\u00f3n de los fondos, tendr\u00e1 que <strong>aportarse la documentaci\u00f3n justificativa de la aceptaci\u00f3n, partici\u00f3n y adjudicaci\u00f3n de la herencia<\/strong>. La documentaci\u00f3n sobre el <strong>pago del Impuesto de Sucesiones<\/strong> tambi\u00e9n se tendr\u00e1 que aportar, puesto que los bancos, al ser subsidiariamente responsables de su abono, se asegurar\u00e1n de que no tienen esa carga antes de liberar los saldos\u00bb. As\u00ed lo explica reclamador.es, que present\u00f3 su servicio de tramitaci\u00f3n de herencias a trav\u00e9s de Internet el mes de julio.<\/p>\n<p>&#013;<br \/>\nSource: Bolsamania.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Noticia relacionada Bankia usar\u00e1 la sentencia para intentar salir airosa de las demandas de los accionistas Lo primero a tener&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":26731,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[104],"tags":[99],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26730"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26730"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26730\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/26731"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26730"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26730"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26730"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}