{"id":47732,"date":"2021-12-26T05:00:00","date_gmt":"2021-12-26T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2021\/12\/26\/como-reducir-la-factura-fiscal-y-sacar-mas-partido-al-dinero-antes-de-que-acabe-el-ano\/"},"modified":"2021-12-26T05:00:00","modified_gmt":"2021-12-26T05:00:00","slug":"como-reducir-la-factura-fiscal-y-sacar-mas-partido-al-dinero-antes-de-que-acabe-el-ano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2021\/12\/26\/como-reducir-la-factura-fiscal-y-sacar-mas-partido-al-dinero-antes-de-que-acabe-el-ano\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo reducir la factura fiscal y sacar m\u00e1s partido al dinero antes de que acabe el a\u00f1o?"},"content":{"rendered":"<div class=\"read-more-links\">\n<h5>Noticia relacionada<\/h5>\n<p><a class=\"readMore\" href=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/noticias\/declaracion-renta\/recomendaciones-economistas-planificar-renta-antes-acabe-2021--8603934.html\" rel=\"noopener noreferrer\" target=\"_blank\" data-id=\"8603934\" rel=\"nofollow\" ><\/p>\n<figure><img class=\"lazy\" title=\"Leer m&#xE1;s\" data-original=\"https:\/\/img4.s3wfg.com\/web\/img\/images_uploaded\/d\/d\/ep_una_persona_en_la_sede_electronica_de_la_agencia_tributaria_285x185.jpg\" data-src=\"https:\/\/img4.s3wfg.com\/web\/img\/images_uploaded\/d\/d\/ep_una_persona_en_la_sede_electronica_de_la_agencia_tributaria_285x185.jpg\" \/><\/figure>\n<p>Recomendaciones de los economistas para planificar la Renta antes de que acabe 2021 <\/a><\/div>\n<p>La gran mayor\u00eda de los espa\u00f1oles nos acordamos de los impuestos cuando llega la hora de presentar la <strong>declaraci\u00f3n de la renta<\/strong> de cada ejercicio y, en ese momento, ya no podemos hacer nada para cambiar nuestra foto fiscal y financiera del a\u00f1o. Por eso, cuando a\u00fan disponemos de tiempo, conviene hacer una radiograf\u00eda de todas nuestras finanzas e inversiones y trazar un plan financiero y fiscal, que tenga en cuenta tambi\u00e9n nuestras circunstancias personales y objetivos, que nos ayude a reducir nuestra factura fiscal y a sacarle m\u00e1s partido a nuestro dinero para que el a\u00f1o que viene, cuando hagamos la declaraci\u00f3n, podamos <strong>minimizar el impacto fiscal<\/strong>.<\/p>\n<p>As\u00ed lo recomiendan desde Abante, que recuerdan que este 2021 ha sido un a\u00f1o de cambios fiscales. Los Presupuestos Generales de Estado (PGE) trajeron una serie de <strong>cambios que afectaban al ahorro de los contribuyentes<\/strong>, desde el nuevo tramo en la base del ahorro (26% a partir de 200.000 euros), el nuevo tipo del 47% para la base general o la reducci\u00f3n a lo que se puede aportar a los planes de pensiones individuales. \u00bfC\u00f3mo se puede reducir entonces la factura fiscal antes de que acabe el a\u00f1o?<\/p>\n<h4><strong>PLANES DE PENSIONES<\/strong><\/h4>\n<p>La novedad de este 2021 est\u00e1 en la cantidad m\u00e1xima que podemos aportar al plan de pensiones individual y sobre la que nos vamos a podemos deducir que, tras la entrada en vigor de los Presupuestos, <strong>se ha reducido a 2.000 euros<\/strong>. Una reducci\u00f3n que est\u00e1 previsto que se incremente de cara al a\u00f1o que viene, ya que en los Presupuestos Generales de 2022 el l\u00edmite m\u00e1ximo para aportar a planes est\u00e1 establecido en 1.500 euros.<\/p>\n<p>Con todo, lo primero que debemos saber es que cada a\u00f1o en nuestra declaraci\u00f3n nos podemos deducir de nuestra base imponible las aportaciones que hagamos a nuestros planes de pensiones. Hacienda nos <strong>devuelve parte del dinero que hemos invertido<\/strong>, bajo unos l\u00edmites. Para este 2021, el l\u00edmite financiero, es decir, la cantidad m\u00e1xima que podemos aportar es de, como dec\u00edamos, 2.000 euros. Por otro lado, el l\u00edmite fiscal, la cantidad m\u00e1xima sobre la que nos vamos a poder deducir, es la menor de estas dos cantidades: 2.000 euros al a\u00f1o o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades econ\u00f3micas. Adicionalmente, el nuevo l\u00edmite de 2.000 euros podr\u00eda<strong> incrementarse en 8.000 euros m\u00e1s<\/strong> por aportaciones del empleador a planes de pensiones de empleo.<\/p>\n<p>Respecto a lo que nos devuelve Hacienda, hay que tener en cuenta que cuanto mayor sea nuestro tipo impositivo, <strong>mayor ser\u00e1 reducci\u00f3n que obtendremos<\/strong>. Por ejemplo, teniendo en cuenta la escala estatal y que no nos podemos aplicar otras deducciones, con un tipo marginal del 19% y una aportaci\u00f3n de 2.000 al a\u00f1o, la devoluci\u00f3n ser\u00e1 de 380 euros. Si, en cambio, nuestro tipo es de 47%, el nuevo m\u00e1ximo, con la misma aportaci\u00f3n, la devoluci\u00f3n ser\u00e1 de 940 euros.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, otro factor importante que no debemos pasar por alto es que tambi\u00e9n podemos aplicarnos una serie de deducciones por <strong>aportar al plan de pensiones de un familiar<\/strong>. Si nuestro c\u00f3nyuge obtiene unos rendimientos netos del trabajo y\/o actividades econ\u00f3micas inferiores a 8.000 euros al a\u00f1o, podemos aportar a su plan hasta un m\u00e1ximo de 1.000 euros al a\u00f1o, que nos vamos a poder deducir tambi\u00e9n. Si somos parientes hasta el tercer grado inclusive de una persona con discapacidad, nos podemos deducir hasta 10.000 euros (el l\u00edmite para el discapacitado es de 24.250 euros y la suma de todas las aportaciones nunca podr\u00e1 superar esa cantidad.<\/p>\n<p>\u00bfY qu\u00e9 pasa en el rescate? Cuando invertimos en planes de pensiones lo que hacemos es diferir el pago del impuesto al momento del rescate, cuando tributamos por la totalidad de lo que rescatemos como rentas del trabajo. Aqu\u00ed es importante saber que cuando nos jubilamos <strong>no estamos obligados a rescatar el plan de pensiones de forma inmediata<\/strong>, y la realidad es que si lo hacemos cuando ya estamos cobrando la pensi\u00f3n p\u00fablica de jubilaci\u00f3n seguramente paguemos menos impuestos porque, por lo general, nuestra base imponible es menor en ese momento porque la pensi\u00f3n suele ser inferior a nuestro salario.<\/p>\n<p>\u00bfHay deducciones en el rescate? S\u00ed, aunque sujetas a una serie de plazos y siempre que se <strong>rescate en forma de capital<\/strong>. En concreto, las aportaciones que se hayan realizado antes del 31 de diciembre de 2006 se pueden rescatar con una reducci\u00f3n del 40% siempre que se cumplan estas fechas: los que se jubilaron entre 2011 y 2014 pueden aplicarse la deducci\u00f3n en el a\u00f1o en el que se cumple la contingencia y en los ocho ejercicios siguientes, mientras que los que se jubilaron a partir de 2015 tienen el a\u00f1o de jubilaci\u00f3n en curso y los dos siguientes para poder aplicarse la deducci\u00f3n. Es decir, 2021 es el \u00faltimo a\u00f1o para los que se hayan jubilado en 2013 y en 2019.<\/p>\n<h4><strong>GANANCIAS O P\u00c9RDIDAS PATRIMONIALES<\/strong><\/h4>\n<p>En la actualidad, la ley nos permite compensar ciertas ganancias con otras p\u00e9rdidas, bajo ciertos requisitos y plazos, de forma que podemos tributar por la diferencia entre ellas, reduciendo as\u00ed el importe por el que tributamos.<\/p>\n<p>Las ganancias o p\u00e9rdidas patrimoniales que hayamos podido tener durante este 2021 con la venta de inmuebles, fondos, acciones, etc., las podemos <strong>compensar entre s\u00ed<\/strong>, es decir, con el resto de los productos que se integran en el mismo cuadro, y lo mismo sucede con los rendimientos del capital mobiliario. As\u00ed, en nuestro IRPF podr\u00edamos compensar los rendimientos positivos generados, por ejemplo, por los dividendos de unas acciones y el rescate de un seguro, con las p\u00e9rdidas que nos ha podido generar la venta de un bono.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed es importante tener en cuenta que, si despu\u00e9s de eso seguimos acumulando minusval\u00edas, <strong>disponemos de los cuatro pr\u00f3ximos ejercicios para compensarlas<\/strong>, por lo que este 2021 es el \u00faltimo a\u00f1o para quienes acumulen rendimientos negativos desde 2017 (en esos casos deber\u00e1n realizar un ejercicio de planificaci\u00f3n financiera y fiscal para ver si les compensa reembolsar o vender alg\u00fan otro producto con beneficio y compensarlo con esos rendimientos negativos que tiene pendiente).<\/p>\n<p>Con todo, para poder <strong>compensar las ganancias con las p\u00e9rdidas<\/strong>, debemos cumplir con las normas antiaplicaci\u00f3n, que nos dicen que cuando compramos valores cotizados -acciones, t\u00edtulos de renta fija o fondos de inversi\u00f3n- y los vendemos con p\u00e9rdidas, no nos podemos declarar dicha p\u00e9rdida si hemos adquirido t\u00edtulos homog\u00e9neos durante los dos meses anteriores o los dos posteriores al momento de dicha venta y en el plazo de un a\u00f1o para los valores no cotizados.<\/p>\n<h4><strong>VIVIENDA<\/strong><\/h4>\n<p>Respecto a la vivienda habitual, tenemos que saber que si adquirimos una vivienda antes del 1 de enero de 2013 nos podemos <strong>deducir un 15%<\/strong> de lo que hemos aportado en el a\u00f1o, siempre, eso s\u00ed, sobre un m\u00e1ximo de 9.040 euros, por lo que la deducci\u00f3n m\u00e1xima que podr\u00edamos tener es de 1.356 euros.<\/p>\n<p>Por ello, si el importe de nuestra hipoteca es inferior a esos 9.040 euros y no tenemos comisi\u00f3n de cancelaci\u00f3n anticipada, deber\u00edamos valorar si nos <strong>interesa amortizar anticipadamente parte de la hipoteca<\/strong> para llegar a ese l\u00edmite y poder deducirnos sobre el m\u00e1ximo. Vamos a verlo con unos n\u00fameros: una persona cuya cuota \u00edntegra ascienda a 20.000 euros y que ya haya pagado 5.000 euros de hipoteca este a\u00f1o, la deducci\u00f3n que se puede aplicar es de 750 euros. Si opta por amortizar anticipadamente 4.040 euros para tener la deducci\u00f3n m\u00e1xima, su cuota l\u00edquida se reducir\u00eda en 606 euros (4.040*15%) y la deducci\u00f3n m\u00e1xima anual ser\u00eda de 1.356 euros (9.040*15%).<\/p>\n<h4><strong>DONATIVOS<\/strong><\/h4>\n<p>Si hemos realizado alg\u00fan donativo este a\u00f1o, nos podemos deducir en la cuota, con car\u00e1cter general, <strong>un 80% para los primeros 150 euros<\/strong> y el 35% sobre el exceso de los donativos realizados a las fundaciones previstas en la Ley 49\/2002. Adem\u00e1s, si en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores hubi\u00e9ramos realizado donativos en favor de una misma entidad por un importe igual o superior al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducci\u00f3n del importe que exceda de 150 euros ser\u00e1 del 40%.<\/p>\n<p>&#013;<br \/>\nSource: Bolsamania.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Noticia relacionada Recomendaciones de los economistas para planificar la Renta antes de que acabe 2021 La gran mayor\u00eda de los&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":47733,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[104],"tags":[99],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47732"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=47732"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47732\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/47733"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=47732"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=47732"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=47732"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}