{"id":81230,"date":"2024-10-18T10:54:49","date_gmt":"2024-10-18T10:54:49","guid":{"rendered":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2024\/10\/18\/el-supremo-reconoce-a-endesa-el-abono-de-153-millones-que-el-estado-le-adeuda\/"},"modified":"2024-10-18T10:54:49","modified_gmt":"2024-10-18T10:54:49","slug":"el-supremo-reconoce-a-endesa-el-abono-de-153-millones-que-el-estado-le-adeuda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2024\/10\/18\/el-supremo-reconoce-a-endesa-el-abono-de-153-millones-que-el-estado-le-adeuda\/","title":{"rendered":"El Supremo reconoce a Endesa el abono de 153 millones que el Estado le adeuda"},"content":{"rendered":"<p>En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo Secci\u00f3n Tercera del Supremo estima en parte el incidente de ejecuci\u00f3n de sentencia formulado por Endesa y <strong>anula parcialmente la resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Estado de Energ\u00eda de 21 de julio de 2023<\/strong>, en la parte en que no se reconoc\u00eda a la el\u00e9ctrica una parte de los importes reclamados.<\/p>\n<p>Asimismo, declara el derecho de Endesa a que se le abone la suma que se fija en la cuant\u00eda de 147,679 millones de euros por las cantidades abonadas en concepto de financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n asociadas a los consumidores suministrados por Endesa Energ\u00eda, m\u00e1s los intereses correspondientes computados desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su efectivo reintegro.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, tambi\u00e9n se declara el derecho de Endesa a que se le pague la suma de 5,774 millones de euros en concepto de principal, correspondiente a las cantidades invertidas para implantar el procedimiento de solicitud, comprobaci\u00f3n y gesti\u00f3n del bono social, asociada a los consumidores suministrados por Energ\u00eda XXI, su comercializadora de referencia, \u00abque habr\u00e1 de incrementarse a las cantidades ya abonadas por la Administraci\u00f3n (-5.867.646,37 euros-) m\u00e1s los intereses correspondientes desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro\u00bb.<\/p>\n<p>En su fallo, la sala del Supremo estima acreditado con el examen conjunto de <strong>\u00ablos numerosos y exhaustivos\u00bb informes periciales aportados por Endesa<\/strong>, as\u00ed como de las aclaraciones efectuadas por los peritos, que \u00abno existe evidencia de repercusi\u00f3n impl\u00edcita ni expl\u00edcita de los costes de financiaci\u00f3n del bono social soportados por la matriz, Endesa S.A., a los clientes finales\u00bb.<\/p>\n<h3>DISCRIMINAR A UNAS EMPRESAS FRENTE A OTRAS.<\/h3>\n<p>En 2022, el Tribunal Supremo ya declar\u00f3 que ese mecanismo de financiaci\u00f3n del bono social el\u00e9ctrico, fijado durante el Gobierno de Mariano Rajoy, era <strong>contrario al derecho de la Uni\u00f3n Europea por discriminar a unas empresas del sector el\u00e9ctrico frente a otras.<\/strong><\/p>\n<p>El bono social es una prestaci\u00f3n de car\u00e1cter social destinada a proteger a los consumidores vulnerables consistente en aplicar un descuento en el precio de la electricidad consumida en su vivienda habitual.<\/p>\n<p>El sistema de financiaci\u00f3n del bono social el\u00e9ctrico creado en 2013, estuvo en vigor entre 2014 y 2016, aunque fue derogado y sustituido por otro. Tras los reveses sufridos en los tribunales, el Gobierno procedi\u00f3 a devolver las cantidades financiadas por las compa\u00f1\u00edas por el bono social en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, as\u00ed como los intereses legales correspondientes, con <strong>un importe total que alcanzaba casi los 520 millones de euros<\/strong>.<\/p>\n<p>En otros pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea prev\u00e9n que ese coste se financie con cargo a sus presupuestos generales, pero Espa\u00f1a opt\u00f3 desde un principio por hacer recaer esa obligaci\u00f3n sobre algunas empresas del sector el\u00e9ctrico.<\/p>\n<p>&#013;<br \/>\nSource: Bolsamania.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo Secci\u00f3n Tercera del Supremo&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[104],"tags":[99],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/81230"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=81230"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/81230\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=81230"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=81230"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=81230"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}