{"id":89049,"date":"2025-04-02T04:00:00","date_gmt":"2025-04-02T04:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2025\/04\/02\/renta-2024-novedades-y-consejos-para-confirmar-el-borrador-y-aplicar-deducciones\/"},"modified":"2025-04-02T04:00:00","modified_gmt":"2025-04-02T04:00:00","slug":"renta-2024-novedades-y-consejos-para-confirmar-el-borrador-y-aplicar-deducciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/2025\/04\/02\/renta-2024-novedades-y-consejos-para-confirmar-el-borrador-y-aplicar-deducciones\/","title":{"rendered":"Renta 2024: novedades y consejos para confirmar el borrador y aplicar deducciones"},"content":{"rendered":"<p>Hay que tener en cuenta que el plazo de presentaci\u00f3n para aquellas declaraciones con resultado a ingresar y quieran domiciliarse finaliza el pr\u00f3ximo 25 de junio.<\/p>\n<p>Seg\u00fan consta en el calendario del contribuyente disponible en la p\u00e1gina web de la Agencia Tributaria, <strong>desde el 2 de abril se podr\u00e1n presentar las declaraciones por internet<\/strong>, a trav\u00e9s de Renta Web o de la app m\u00f3vil, con DNI electr\u00f3nico, certificado electr\u00f3nico, Cl@ve PIN o n\u00famero de referencia.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 <strong>a partir del 6 de mayo cuando se inicie la presentaci\u00f3n por tel\u00e9fono<\/strong> de la declaraci\u00f3n de la Renta 2024-2025. La solicitud de la cita estar\u00e1 disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio. En caso de querer presentar la declaraci\u00f3n de la Renta 2024 <strong>de manera presencial en oficina, habr\u00e1 que esperar hasta el 2 de junio<\/strong>. En caso de optar por esta modalidad, se podr\u00e1 solicitar una cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.<\/p>\n<h3>\u00bfC\u00d3MO CONSULTAR EL BORRADOR?<\/h3>\n<p>Existen varias maneras de <strong>consultar el borrador<\/strong> de la declaraci\u00f3n de la renta por Internet: tener un certificado o DNI electr\u00f3nico, estar registrado en el sistema Cl@ve, usar el m\u00e9todo eIDAS para ciudadanos extranjeros o bien obtener un n\u00famero de referencia.<\/p>\n<p>Con cualquiera de los cuatro m\u00e9todos hace falta acceder a la web de la Agencia Tributaria, <strong>entrar en el servicio Renta Web<\/strong> e identificarse.<\/p>\n<p>Para obtener el <strong>n\u00famero de referencia<\/strong> el usuario debe acceder a la web de la Agencia Tributaria, pinchar sobre obt\u00e9n tu n\u00famero de referencia, seleccionar el sistema de identificaci\u00f3n con n\u00famero de DNI o NIE y casilla del ejercicio e introducir los datos hasta que el sistema le d\u00e9 su n\u00famero de referencia. Despu\u00e9s se puede usar para identificarse y acceder al borrador.<\/p>\n<p>Los contribuyentes que no puedan recuperar la <strong>casilla 505 del IRPF<\/strong> del a\u00f1o pasado tendr\u00e1n que registrarse en el sistema Cl@ve, solicitar un DNI electr\u00f3nico o acudir a una oficina para presentar la declaraci\u00f3n en persona. Como recuerdan desde el comparador financiero HelpMyCash, esta casilla hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen y se encuentra dentro de la secci\u00f3n base liquidable general y base liquidable del ahorro en la declaraci\u00f3n de 2023 o en el documento de ingreso o devoluci\u00f3n.<\/p>\n<h3>REPASAR BIEN EL BORRADOR ANTES DE CONFIRMARLO<\/h3>\n<p>En el borrador que la Agencia Tributaria facilita a cada contribuyente se incluyen muchos de los aspectos b\u00e1sicos de la campa\u00f1a de la Renta 2024. Por ello, se aconseja revisarlo bien antes de confirmarlo. Desde Bankinter ofrecen una serie de consejos.<\/p>\n<p>El primero es <strong>ver si se tiene la obligaci\u00f3n de hacer la declaraci\u00f3n y, en caso, de no tener que presentarla, si compensa hacerlo<\/strong>. La norma general indica que est\u00e1 exento de hacerla quien gane menos de 22.000 euros y solo haya sido de un pagador. Para quien haya tenido dos o varios pagadores el l\u00edmite para estar exento cae hasta los 15.876 euros. Esta es la norma general, pero tiene sus exclusiones. Si no se est\u00e1 obligado a presentarla, en algunos casos puede que no compense hacerlo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, hay que tener en cuenta que los contribuyentes con rentas inferiores a 19.747,5 euros (siempre que no tuvieran rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, excluidas las exentas) <strong>se beneficiaron de una reducci\u00f3n de su cuota<\/strong>. Esta reducci\u00f3n asciende a 7.302 euros anuales para quienes ingresan menos de 14.852 euros y una cantidad proporcional a esta cifra para quienes ganan entre 14.852 y 17.673,52 euros. <\/p>\n<p>El segundo consejo es comprobar que todos los datos personales est\u00e9n bien y si ha habido<strong> cambios en el \u00faltimo a\u00f1o que puedan afectar a la declaraci\u00f3n<\/strong>. Como si la situaci\u00f3n civil del contribuyente cambia o tiene hijos, la declaraci\u00f3n de la Renta debe incluirlo. Hay que cerciorarse de que la Agencia Tributaria haya incluido esos cambios, ya que podemos estar perdiendo alg\u00fan tipo de beneficio fiscal, si bien podemos incluirlo nosotros en el momento de efectuar la declaraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los ingresos vinculados a las prestaciones de maternidad y paternidad recibidos en 2024 est\u00e1n <strong>exentos de tributaci\u00f3n<\/strong>, por lo que hay que asegurarse de que este tipo de prestaciones no aparecen en el apartado de rendimientos del trabajo, lo que ser\u00eda un error. Podr\u00edan aparecer como rentas exentas o simplemente no aparecer.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n hay que comprobar si corresponde la deducci\u00f3n por maternidad para mujeres con hijos menores de tres a\u00f1os. As\u00ed como si se tiene derecho a otras deducciones familiares por descendiente o ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con dos hijos y sin derecho a percibir anualidades. <strong>Las cuant\u00edas de la deducci\u00f3n son este a\u00f1o mayores<\/strong>.<\/p>\n<p>Hay que fijarse adem\u00e1s en la <strong>informaci\u00f3n de los inmuebles y sus referencias catastrales<\/strong> porque es obligatorio incluir esta informaci\u00f3n en la declaraci\u00f3n de la renta, incluido el de la vivienda habitual, aunque esta no sea de tu propiedad.<\/p>\n<p>Para el contribuyente que haga <strong>aportaciones a planes de pensiones<\/strong>, conviene ver si figuran incluidas.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, hay que prestar atenci\u00f3n a si se tiene derecho a alguna <strong>deducci\u00f3n auton\u00f3mica<\/strong> y no figurara en el borrador. En ese caso se puede consignar en las casillas correspondientes a la comunidad aut\u00f3noma que corresponda.<\/p>\n<h3>NOVEDADES Y CLAVES PARA APROVECHAR LAS DEDUCCIONES<\/h3>\n<p>Por su parte, los T\u00e9cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) destacan las principales novedades este a\u00f1o. Entre ellas, subrayan que, por primera vez, los contribuyentes podr\u00e1n <strong>pagar sus declaraciones de la Renta a trav\u00e9s de Bizum<\/strong>, como una nueva forma de pago que se une a la tradicional domiciliaci\u00f3n bancaria, el cargo en cuenta o con N\u00famero de Referencia Completo (NRC) o el pago en una oficina bancaria.<\/p>\n<p>Los contribuyentes deber\u00e1n <strong>comprobar los l\u00edmites espec\u00edficos establecidos por cada entidad bancaria<\/strong> ante el uso de este servicio para asegurarse de que la cantidad a pagar se encuentra dentro de los m\u00e1rgenes permitidos en cada caso. Adem\u00e1s, tambi\u00e9n es recomendable <strong>revisar las condiciones particulares de cada banco<\/strong> respecto al uso de Bizum para pagos a organismos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Otra importante novedad es que se introduce un <strong>sistema \u00fanico para la correcci\u00f3n de las autoliquidaciones<\/strong>, que sustituir\u00e1 al actual sistema dual de autoliquidaci\u00f3n complementaria y solicitud de rectificaci\u00f3n. De esta forma, el obligado tributario podr\u00e1 rectificar, completar o modificar la autoliquidaci\u00f3n presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin necesidad siquiera de esperar a una resoluci\u00f3n administrativa en el caso de solicitud de rectificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como la mayor\u00eda de los ciudadanos confirman precipitadamente el borrador tras descargarlo del Servicio Renta Web, los t\u00e9cnicos de Hacienda recomiendan repasarlo para<strong> incluir tanto las rentas de alquileres y las ayudas p\u00fablicas recibidas, como las reducciones y deducciones<\/strong>, especialmente las auton\u00f3micas que son las grandes desconocidas por los ciudadanos.<\/p>\n<\/p>\n<p>&#013;<br \/>\nSource: Bolsamania.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hay que tener en cuenta que el plazo de presentaci\u00f3n para aquellas declaraciones con resultado a ingresar y quieran domiciliarse&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[104],"tags":[99],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/89049"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=89049"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/89049\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=89049"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=89049"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tuavaluo.com\/avaluo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=89049"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}