La Confederación Intersindical de Cajas de Ahorros (CIC) presentó un recurso de casación contra la sentencia que emitió la Audiencia Nacional en octubre de 2017 y el Tribunal Supremo le ha dado la razón. El convenio al que se oponía este sindicato, firmado entre Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y los sindicatos CCOO, UGT y CSICA-FINE; suspendía el pago de un complemento variable de entre 217,75 y 647,51 euros por empleado, dependiendo de su categoría.
El artículo anulado tenía efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2016, cuando el convenio no se firmó hasta la segunda mitad del año. Ahora, el alto Tribunal entiende que «invade peyorativamente un ámbito temporal en el que los trabajadores ya han generado e incorporado a su patrimonio el derecho al que afecta».
Source: Bolsamania.com

